¿Tienen derecho a paro los autónomos en 2021?

Noticias de última hora: finalmente se ha aprobado la prórroga del cese de actividad (paro autónomos) hasta el próximo 30 de septiembre de 2021. La diferencia es que tendrán unos ingresos mensuales del 50% en lugar del 70%. Os dejamos un artículo de la Seguridad Social que responde a todas las preguntas de la prestación extraordinaria.

Malas noticias para todos los autónomos que gracias a esa pequeña ayuda hemos podido seguir con el negocio todos estos meses. Sin más dilación os explicamos el paro para autónomos y el cese de actividad.

Los autónomos no tienen derecho a paro tal y como se entiende comparado con los trabajadores contratados por cuenta ajena. Cuando un trabajador contratado para una empresa es despedido, solo tiene que ir al SEPE para pedir su paro. Los autónomos no lo tienen así de fácil. El derecho más parecido a paro que pueden tener todos los autónomos es el cese de actividad. Además, intentar cobrar el cese de actividad muchas veces es misión imposible.

Según datos de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos solo son aprobadas el 60% de todas las peticiones que se realizan de la prestación por cese de actividad (el llamado paro de los autónomos). El nuevo cambio legislativo en 2020 hará que todos los autónomos tengan que cotizar por está prestación aunque luego sea muy complicado cobrarla.

El paro de los autónomos es básicamente el derecho que tienen los trabajadores por cuenta a propia a recibir una ayuda por parte del Estado dependiendo del tiempo cotizado y si cumplen con los requisitos. Te explicamos todo lo necesario y los pasos a seguir.

Requisitos para tener derecho a paro:

  • Estar dado de alta en el reta: El primero de los requisitos parece muy obvio pero hay que estar dado de alta en el RETA (régimen especial de los trabajadores autónomos).
  • Estar al corriente de todos los pagos de la seguridad social: Si quieres recibir el cese por actividad no puedes tener pagos pendientes con la seguridad social.
  • Haber cotizado los últimos doce meses por el cese de actividad antes de la petición. Actualmente está en el 0,7% de la base de cotización que hayamos elegido.
  • Justificación del motivo del cierre para tener derecho a recibir el paro de los autónomos.
  • Cuando vayamos a realizar la solicitud tenemos que indicar que estamos solicitando el cese de actividad. Además tenemos que realizar la solicitud en la MUTUA antes del último día del mes siguiente en el que se tramitó la baja en el RETA.
  • Tenemos que demostrar uno de los siguientes requisitos:
    • Que los gastos superan en un 10% a los ingresos.
    • Otra de las opciones es tener ejecuciones judiciales por un importe superior al 30% de tus ingresos en el último sin contar el primero en que te has dado de alta como autónomo.
    • Declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad.
    • Causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, víctima de violencia de género.
Derecho a paro autónomos
Derecho a paro autónomos
Requisitos derecho a paro autónomos
Requisitos para conseguir el paro para autónomos

Una cosa es tener derecho al paro por cese de actividad y otra cosa muy distinta es poder cobrarlo. Desde la misma Seguridad Social animan a los futuros autónomos a no cotizar por esta prestación por las complicaciones de poder cobrar más tarde.

Cuantía de la prestación por cese de actividad

Una vez que el autónomo ha conseguido el derecho a paro hay que conocer las cuantías que se van a recibir y cobrar en su cuenta bancaria. El 70% de lo que hayamos estado cotizando los últimos 12 meses.

Vamos a poner una tabla con ejemplos de lo que supondría la cantidad de dinero que recibimos mensualmente con el paro para autónomos.

CotizadoPorcentajePrestación
1.300€70%910€
1.500€70%1050€
2.000€70%1.400€
Cuantía de la prestación para autónomos

Como podéis observar, realizar el cálculo del cese de actividad para autónomos es muy sencillo ya que solo hay multiplicar por 0,7 la cantidad que hemos ido cotizando.

Otro dato importante para el cálculo de lo que nos toca cobrar es que hay un límite máximo del 175% del IPREM. Llegados a ese 175% nunca podremos recibir más de dicha cantidad. Pasa igual que con los trabajadores asalariados.

Duración de la prestación del paro para autónomos

duración-prestacion-autonomos
Duración de la prestación del paro para autónomos

Como observamos en la imagen desde el año cotizado ya tenemos derecho al paro de autónomos y es el tiempo mínimo que debemos cotizar para tener derecho a paro como autónomo. Desde el año al año y medio, tenemos derecho a 4 meses de paro. Desde el año y medio hasta los 2 años tenemos 8 meses de cese de actividad. Así sucesivamente se va incrementando el paro hasta el máximo de 2 años que se consigue con 47 meses.

En este aspecto las normas para conseguir el paro para autónomos son más flexibles que el derecho a paro como trabajador asalariado.

Si quieres puedes visitar nuestro canal de Youtube y la página web Economía Responsable

Actualizado el día 5 julio, 2021 por Alfredo Barandiarán

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22 comentarios en «¿Tienen derecho a paro los autónomos en 2021?»

  1. Buenos días:
    Me di de Alta en Autónomos el 21/08/2015, deje de cobrar la prestación por desempleo (1145 € Aprox.) quedándome un resto de 4-5 meses; Con la nueva situación mi negocio se ha visto bloqueado por la suspensión, de momento hasta 14 de junio, de todas las ferias y eventos en los que iba a participar como vendedor minorista y llevo desde el 9/03/2020 sin ingresar un solo euro…No sé qué es lo que más me conviene:
    .- Darme de baja como autónomo y reanudar la prestación del régimen general que tengo concedida, que si no lo hago se me Caduca a los 5 años.
    .- Darme de baja y solicitar el paro de autónomo que por llevar más de 56 meses cotizados creo que corresponde 24 de prestación al 70% (661€ Aprox.)
    La Pegunta es:
    Si me doy de baja en autónomo y solicito el paro par estos meses. Si después se reactivan la ferias volviendo a la normalidad y me vuelvo a dar de alta como autónomo , perdería los 56 ya acumulados?, que requisitos tendría que cumplir en el caso de tener que volver a pedir la baja, y solicitar el paro de autónomo?, Tendría que Empezar de nuevo o se reconocerían todos los meses que tengo cotizados?
    Gracias por vuestra atención.

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  2. por favor quiero informacion. de mi caso soy carpintero . cubano llevo casi un año en españa . he sido contratado por una empresa para montar puertas en una obra y otros trabajos pero tenia que ser autonomo para poder trabajar con ellos me hice autonomo y ahora no he podido empezar por las razones de esta terrible enfermedad que estamos sufriendo todos los seres humanos de este planeta. que debo hacer o aquien debo dirijirme para mi caso por asi decirlo.saludos

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  3. La verdad es que tienen más cara que espalda Llo estoy trabajando desde los 17 año tengo 55. y resulta ser que 2007 me pongo de autónomo. y he cumplido con todas mis obligaciones como tal.y resulta ser que ahora tengo que cerrar mi empresa y no me corresponde cobrar ningún tipo de prestación. Ni anterior al 2007 por prescripción. Ni posterior por ser autónomo que sea visto obligado a cerrar.(sinvergüenzas)

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  4. Después de toda una vida de autónomo con más de 30 años cotizados como autónomo y al no tener cotizados en la rama general no tengo derecho a nada, estando parado y con más de 52 años. Vaya mierda.
    Y después los sucesivos gobiernos quieren incentivar a los emprendedores con estos miramientos a los autónomos.
    Mejor vivir todos del cuento y de subvenciones que estarás más mimado por los gobiernos.

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  5. Tengo 63 años, llevo de autónomo 20 años, sin fallar un mes. Pero en enero de 2019 me operaron de cáncer de próstata por lo cual tuve que coger la baja. Sorpresa para mi fue que no tenía que pagar la cuota de autónomos a la Seguridad Social, por una nueva ley que había salido. En enero de este año 2021. al cabo de los 18 meses me llaman del Tribunal Médico para ver mi baja, y en Enero de este 2021, me mandan una carta para que solicite la Invalidez Temporal. Presento la documentación y al cabo de 40 días me llega una carta que me deniegan la Invalidez, aun teniendo secuelas, que es por eso el motivo que no he podido volver a trabajar. Y en la carta me dicen simplemente que la deniegan y que vuelva a trabajar o recurra la sentencia. Eso conlleva que que a partir de ese momento no me pagan mas la baja y empiezo a pagar la cuota de autónomos. La empresa a la cual trabajaba ya no me admite o no le interesa cogerme, y las otras empresas del mismo sector, pasa lo mismo, ya que con secuela y disminución física estoy dispuesto a trabajar hasta mi jubilación, ya que no me puedo permitir otra situación. Viviendo esta situación, no sé si puedo acogerme al paro de autónomos. Recurrir a la sentencia, me aconsejan que es inútil, ya que volverá a venir denegada, y al volver a recurrirla nos pasaremos al juzgado, conllevando todo esto un par de años. Pero eso no soluciona mi situación actual. Espero vuestro consejo. Gracias.

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    • Buenas,
      No sabemos cuál es esa nueva ley a la que te acogiste para no pagar autónomos. Nuestro consejo es que te dirijas a la Tesorería de la Seguridad Social más cercana y hables tu caso. Son ellos con todos los datos los que mejor te pueden aconsejar. Una vez que te cuenten seguro que tienes distintas opciones.
      Mucha suerte porque no debe de ser nada fácil por lo que estás pasando.

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  6. Buenas,tengo 5 años y 2 meses cotizados como autónomo y me doy de baja de autónomo y ahora soy trabajador por cuenta ajena, en poco me van a parar,tengo derecho a paro ?

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    • Buenas,
      No tienes de derecho a paro. Te dejo la respuesta del SEPE: El cese en el trabajo por cuenta propia no es situación legal de desempleo. Para poder cobrar la prestación por desempleo por el tiempo que trabajó por cuenta ajena antes de darse de alta como autónomo o autónoma, deberá volver a trabajar por cuenta ajena y quedar en situación legal de desempleo.

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  7. Hola tengo dos años de autonomo me dieron de baja por una operación de rodilla estoy de baja año y medio el innss me da de alta me están dando rehabilitacion no mejoro por q tengo mal las dos rodillas me proponen prótesis mi médico de cabecera dice q no Estoi acta para trabajar y el traumatólogo lo mismo no sé si me corresponde alguna prestación por el paro no se q hacer gracias

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    • Buenas,
      Por el paro seguramente no tengas ninguna prestación. Te aconsejo que visites la Tesorería General de la Seguridad Social y que lleves toda la documentación.
      Espero que tengas mucha suerte y que te recuperes lo antes posible.

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  8. Hola buenos días! tengo un año y 10 meses como autónoma con contrato mercantil de una empresa, quiero saber si tengo derecho de prestación por cese de actividad. Gracias

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    • Buenas tardes,
      Si has estado cotizando por el cese de actividad y además cumples uno de los puntos que te dejamos a continuación sí que tienes derecho a paro:
      Que los gastos superan en un 10% a los ingresos.
      Otra de las opciones es tener ejecuciones judiciales por un importe superior al 30% de tus ingresos en el último sin contar el primero en que te has dado de alta como autónomo.
      Declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad.
      Causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, víctima de violencia de género.

      Buen día y mucha suerte!

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  9. Hola quiero explicar mi caso que es un poco complicado soy gerente de una cafetería desde hace 35 años por encontrarme mal dejo de abrirla y entonces después de un tiempo 10 meses cotizando la seguridad social normal pero con el bar cerrado acudo a un médico privado porque el de cabecera no me hace caso y entonces me dan la baja estoy de baja año y medio solicito la invalidez me la deniegan y me dan el alta al darme el alta me hacen una inspección de trabajo y como estamos en pandemia en la cafetería se encuentra cerrada con la cual me tengo que presentar en la inspección de trabajo y al decirle que había estado tiempo con el bar cerrado me dice que me tenía que haber dado de baja de autónomo porque no tenía la actividad con lo cual me han dado de baja de oficio y ahora me encuentro en un limbo pagando la seguridad social hasta el mes de marzo y me quedo ahora que he hecho 63 años y no me puedo prejubilar porque no estoy dado de alta que me han dado de baja de oficio y estoy en rehabilitación en la unidad del dolor y con otras lesiones pero me he quedado fuera y ahora no me puedo tampoco jubilar no sé si tengo derecho a paro a que tengo derecho porque estoy confundido y encima me está costando un dineral todas las gestiones

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    • Buenas tardes,
      Lo primero, espero que salga todo bien. La verdad es que es un caso complejo, estando dado de alta en la SS y si has estado cotizando por el cese de actividad tendrías derecho a paro. Te aconsejamos que lo primero que debes hacer es visitar la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana y comentar tu caso completo en persona. Son los primeros que te van a dar una respuesta útil.
      Mucha suerte y espero que te mejores.

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  10. llevo 17 años en el régimen general y el resto hasta los 62 años de autónomo, ahora por un cáncer llevo 14 meses de baja
    y ahora por lo que veo pasaré a los 18 meses por el tribunal medico mi pregunta es para algo mas de 2 años que me quedan para la jubilación puedo pedir el paro hasta la jubilación, pues no quedo muy útil para trabajar.

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  11. Una vergüenza por parte del gobierno e instituciones El trato y situación que vivimos la mayoría de autónomos es abusivo e insostenible todos unidos Otro gallo cantaría y se le terminaría el chollo al y el cortijo de la paca espabilemos por dios

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