Como ya vimos hace hace tiempo existen tres tipos de tributo: impuestos, tasas y contribuciones especiales. En este artículo nos vamos a centrar en el impuesto indirecto que recae sobre los hidrocarburos. Para recordar, un impuesto es indirecto cuando el hecho imponible recae en el momento de la compra. Si no compras no tienes que pagar ningún tributo.
El primer dato que tenemos que conocer es que este tributo tiene una parte estatal y una autonómica. La parte autonómica cambió en enero de 2019. Lo que sucedió es que las autonomías tienen decisión para poner el tipo impositivo entre un 0 y 4,8 céntimos por litro. Pues bien, ahora todas las autonomías por obligación tienen que recaudar 4,8 céntimos por litro. Se podían haber puesto de acuerdo en dejarlo a cero, pero así en nuestra clase política, lo que sea por recaudar.
La parte estatal sobre los hidrocarburos es mucho más abusiva. En el caso de la gasolina 95 octanos tenemos que pagar 47,27 céntimos por litro. Para el gasóleo son 27,9 céntimos por litro. Esto supone casi 50 céntimos por litro.
Podríamos pensar que el estado ya tiene suficiente con esta carga tributaria pero nos equivocaríamos. Ahora que ya tenemos este impuesto especial sobre los hidrocarburos hay que añadir otro impuesto por excelencia, el iva. En el caso de los hidrocarburos tenemos que sumar otro 21%. El 60% de lo que pagamos por cada euro son impuestos.
Según muchos estudios el gasto medio de un español en gasolina en un año es de 1.300€. Esto significa que el estado nos está quitando al año solo en impuestos de hidrocarburos unos 800€ anuales.
Aunque es cierto que España está por debajo de la media europea de carga fiscal sobre la gasolina, tenemos que recordar que la renta per capita también es mucho baja que la media de países occidentales.
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Actualizado el día 3 junio, 2021 por Alfredo Barandiarán
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