Se aproxima la Declaración de la Renta 2018 y nos toca hablar de la deducción por alquiler. En la Declaración de la Renta tenemos deducciones tanto estatales como autonómicas. En este artículo nos centraremos en las primeras.
Las deducciones estatales por alquiler, siempre en el caso de vivienda habitual, solo están vigentes para los contratos realizados antes del 1 de enero del 2015. Es muy importante conocer que la realización de un nuevo contrato no impide el derecho a la deducción. Solo tienen derecho a esta deducción los contribuyentes con rentas inferiores a 24.107,20€.
- Ingresos brutos inferiores a 17.707,20€: De todas las cantidades satisfechas para el alquiler el límite máximo para deducirse es 9.040€. De la cantidad que nos de, nos podemos deducir el 10,5%.
- Ingresos entre 17.707,20€ y 24.107,20€: Tenemos que restar 9.040€ a la diferencia entre nuestros ingresos y 24.107,20€ y multiplicarlo por 1,4125. La fórmula quedaría de esta forma: 9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)]
Veamos un ejemplo muy sencillo:
Nuestro usuario reside desde 2010 en su vivienda habitual en alquiler. En el ejercicio 2018 ha satisfecho en concepto de alquiler 6.900€ a su arrendador. Ha tributado en el ejercicio 2018 por 21.500€. ¿Cuánto se puede deducir nuestro usuario por la vivienda?
Como hemos visto en nuestra teoría, nuestro usuario se encuentra en el segundo tramo de deducción. Lo primero que hacemos es restar la Base Imponible que en nuestro caso es 21.500€ y restarle 17.707,20€. Una vez que tenemos este dato lo multiplicamos por 1,4125. Ahora restamos 9.040€ del resultado que nos ha dado. El resultado hasta ahora es de 3.684€. Por último, tenemos que multiplicar este dato por 10,05%. En este caso tendríamos una reducción de 386€.
Conclusiones
Aunque ya hemos explicado los problemas que tenemos en España con la vivienda, desde los partidos políticos pueden generar deducciones en la renta para que sea atractivo salir de casa o cambiarse a otra.
La mayoría de las comunidades tienen sus propias deducciones fiscales que os iremos explicando en siguientes artículos.
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Actualizado el día 4 junio, 2021 por Alfredo Barandiarán
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